martes, 8 de diciembre de 2009

DIVISION DE PODERES

Poder legislativo:

Se denomina poder legislativo a una de las tres facultades y funciones primordiales del estado (junto con el poder ejecutivo y el judicial) consistente en la aprobación de normas con rango de ley. Es una de las tres ramas en que tradicionalmente se divide el poder de unEstado.El poder legislativo de los Estados Unidos Mexicanos se deposita en un congreso general que se divide en dos cámaras: una de diputados y otra de senadores, ambas cámaras tienen el mismo poder puesto que representan igualmente al pueblo de México. Se llama cámara de a cada uno de los grupos colegisladores, es decir al conjunto de diputados o de senadores electos por el pueblo para realizar las funciones legislativas que les competen de acuerdo con la constitución las cámaras deben trabajar conjuntamente por tanto toda la ley que no sea votada por ambos organismos carece de validez, es un acto jurídico nula, excepto en los casos en que la constitución les da facultades expresas para actuar separadamente. La división del poder legislativo en dos cámaras se llama sistema bicameral o bicameral tiene como razón de ser funcionamiento de dicho poder ya que dividido en dos cuerpos estos se equilibran, evitándose que uno de ellos acapare una gran suma de poder convirtiéndose así en un órgano despótico e incontrolable.

Poder ejecutivo:

El supremo poder ejecutivo de la unión se deposita en una sola persona que se denomina PRESIDENTE de los estados unidos mexicanos. El poder ejecutivo de acuerdo con la constitución está integrado por dos elementos: el titular del poder o sea el presidente de la república y el conjunto de órganos que con él elaboran y le están subordinados (secretarías y departamentos). El presidente de la república que representa a un poder superior el pueblo, se encarga de ejecutar la ley por eso se llama ejecutivo.
Esta función del presidente se manifiesta en la forma de la protesta que debe rendir ante el congreso de la unión al encargarse del poder: "Protesto guardar y hacer guardar la constitución política de los estados unidos mexicanos y las leyes que de ella emanen… "
La elección del presidente lo hace el pueblo directamente y en los términos que disponga la ley electoral.

Poder judicial:

El poder judicial de la federación se deposita en una suprema corte de justicia en tribunales colegiados de circuito en tribunales unitarios de circuito en juzgados de distrito en el jurado popular federal y en los tribunales de orden común de los estados del distrito y de los territorios federales que actúan como auxiliares de los anteriores. El poder judicial de la federación tiene especial importancia en virtud de que por su especial funcionamiento sirve como órgano de control para otros poderes, el poder judicial controla también al ejecutivo mediante el juicio de amparo.
La suprema corte de justicia de la nación es el supremo tribunal del país, la suprema corte de justicia se compone de 21 ministros y funciona en pleno o en salas. De los 21 ministros uno es el presidente de la suprema corte. Para ser electo ministro de la suprema corte se necesita ser ciudadano mexicano por nacimiento en pleno ejercicio de sus derechos políticos y civiles no tener más de 65 años de edad ni menos de 35 el día de su nombramiento, posee título profesional de abogado con antigüedad mínima de 5 años.
Los tribunales unitarios de circuito se compone de un magistrado y del número de secretario para ser magistrado de circuito se requiere ser mexicano por nacimiento o en pleno ejercicio de sus derechos mayor de 35 años de ejercicio profesional en licenciado en derecho, los magistrados de circuito son nombrados por la suprema corte de justicia de la nación en pleno.
Lo que he aprendido de esta investigación es que el poder judicial de la federación se deposita en una suprema corte de justicia, el poder judicial controla a los otros dos poderes, la suprema corte de justicia de las naciones es el supremo tribunal del país el que resuelve en última instancia las controversias de carácter jurídico.

DIVISION DE PODERES


Principio de organización política por el que las distintas tareas de la autoridad pública deben desarrollarse por órganos separados. la división tradicional se ha basado en la existencia de tres poderes que se justifican por necesidades funcionales y de mutuo control.
Además, en los sistemas democráticos se concibe como un complemento a la regla de la mayoría ya que gracias a él se protegen mejor las libertades individuales. Aristóteles, en la consideración de las diversas actividades que se tienen que desarrollar en el ejercicio del gobierno, habló en su momento de legislación, ejecución y administración de la justicia. Sin embargo, quienes realmente aparecen como formuladores de la teoría de la división de poderes son Locke y Montesquieu.
Ambos parten de la necesidad de que las decisiones no deben concentrarse, por lo que los órganos del poder han de autocontrolarse a través de un sistema de contrapesos y equilibrios (checks and balances). la primera división que efectúan separa el poder entre la corona y las demás corporaciones y, a su vez, dentro de éstas distinguen los poderes legislativo, ejecutivo y federativo; aunque Montesquieu sustituye el último término, que Locke relacionaba con Los asuntos exteriores, por el judicial. la defensa de la división de poderes se convierte a partir de ambas aportaciones en objeto principal del constitucionalismo liberal, que encuentra así un modelo institucional opuesto al absolutista. Además, esta fragmentación incluye la organización del legislativo en un parlamento bicameral; la división del ejecutivo entre gobierno y burocracia; y en algunos casos, una adicional división territorial del Estado.
En Estados Unidos, por el contrario, el propio jefe del Estado era elegido democráticamente y la cuestión tenía más que ver con la distribución de responsabilidades que, siguiendo el diseño de Madison, quedaban parcialmente solapadas a través de la posibilidad excepcional de que el Congreso destituyera al presidente, de que éste vetase ciertas leyes, y de que los jueces pudieran reinterpretarlas. Posteriormente, se asiste a un desplazamiento del protagonismo hacia el ejecutivo como consecuencia primordial de la expansión de tareas del Estado y la evidencia de que sólo el gobierno y la administración son capaces de absorverlas. A pesar de esta tendencia, la respectiva y diferente legitimidad democrática del ejecutivo y el legislativo que es propia del presidencialismo norteamericano, hace mantener la independencia entre poderes.

REPUBLICA REPRESENTATIVA

Democrática y Federal

El gobierno directo del Pueblo por sí mismo, y la Federación de todos los pueblos.

La República Democrática, Federal, Universal tiene por base la soberanía individual, origen de todo derecho;
Por objeto el perfeccionamiento moral y material del hombre;
Por medios, la igualdad, la fraternidad, el trabajo y la ilustración;
Por garantía, la federación de todos los pueblos, reunidos en una imperecedera fraternidad, que hará imposible el renacimiento de los tronos, con sus odiosos privilegios, monopolios, ejércitos, ciudadelas y cadalsos.

Una república federal, ye un estato que ye una federazión y una republica. Una republica se define como un estato an toz os gubernans y funzionarios publicos han estato esleyitos democraticamén y no pas por erenzio u desinnazión d'un ombre. Asinas as monarquías constituzionals u parlamentaries no son republicas per se, ya que o chefe d'estato tien ista distinzión de traza ereditaria, anque o chefe de gubierno siga esleyito democraticamén. As republicas pueden organizar-sen politicamén como republicas parlamentarias u republicas presidenzialistas.

DICTADURA


La dictadura (del latín dictatūra) es una forma de gobierno en la cual el poder se concentra en torno a la figura de un solo individuo (dictador), generalmente a través de la consolidación de un gobierno de facto, que se caracteriza por una ausencia de división de poderes, una propensión a ejercitar arbitrariamente el mando en beneficio de la minoría que la apoya, la inexistencia de consentimiento alguno por parte de los gobernados y la imposibilidad de que a través de un procedimiento institucionalizado la oposición llegue al poder.

Históricamente, dictadura hace también referencia a la magistratura extraordinaria de la Antigua república romana, de donde cobra su origen. El Senado romano en casos de guerra oestados de emergencia dotaba a un hombre de poderes absolutos durante un periodo máximo de 6 meses sin que por ello quedase derogado el ordenamiento político y jurídico existente. De este modo hoy día es frecuente que se apele a una situación extraordinaria para legitimar la duración, normalmente vitalicia, de una dictadura (guerra, confrontación, peligro, crisis, etc). Igualmente suele enaltecerse al dictador como alguien sacrificado capaz de entregar su propia vida por su pueblo, y a menudo se le rodea de cierta sobrenaturalidad de carácter militar y religiosa; y especialmente en estos casos se pretende la sucesión en otro dictador.1 Según las características que presente puede ser una dictadura autoritaria o totalitaria.

Algunas constituciones democráticas como la alemana de Weimar preveían situaciones excepcionales que la justificaban, como excepciones a la utilización del término como forma de gobierno contrapuesto a la democracia.

¬MONARQUIA


Monarquía constitucional es una forma de gobierno donde el monarca ostenta la jefatura del estado. Es un poder de mediano carácter simbólico, puesto que se encuentra regulado por una ley, con frecuencia una constitución. También, se caracteriza porque el rey o la reina tienen un papel de moderador o árbitro en los conflictos políticos del Gobierno, habitualmente, elegido democráticamente.

Por oposición a la monarquía absoluta, la ciencia política distingue entre monarquía constitucional y monarquía parlamentaria. En las monarquías constitucionales, el rey conserva el poder soberano o bien lo comparte con el pueblo al que concede una serie de derechos mediante una carta otorgada o constitución. En cambio, en las monarquías parlamentarias la soberanía reside, en su práctica totalidad, en la voluntad popular, siendo el monarca una figura esencialmente simbólica. El ejemplo clásico de monarquía constitucional es el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, que no posee una constitución codificada, sino un grupo de leyes que forman su constitución.

FORMAS DE GOBIERNO


Forma de gobierno, forma política, régimen político, régimen de gobierno, sistema de gobierno, modelo de gobierno omodelo políticoes un concepto que hace referencia al modelo de organización del poder constitucional que adopta un Estado en función de la relación existente entre los distintos tipos de poderes. Según la forma adoptada, podrá hacerse una primera categorización entrepresidencialismos y parlamentarismos. El carácter electivo o no de la jefatura de Estado permite hacer una segunda clasificación entrerepúblicas (electiva) y monarquías (no electiva).
Los términos forma de gobierno y modelo de gobierno son empleados usualmente, aunque de forma impropia, para referirse al concepto deforma de Estado o modelo de Estado: propiamente este último no sólo comprende el poder, sino además el territorio y la población. Las distintas formas clásicas de clasificar las formas de Estado (federal, confederal, regional) también se suelen denominar formas de gobierno en los textos políticos y filosóficos por la contracción lingüística "forma de gobierno del Estado" y "forma política del Estado" en "forma del Estado".Entendido así, el concepto forma de gobierno posee una connotación más estática y simple pues se refiere aisladamente a las instituciones de gobierno o al resto de actores políticos que inciden sobre ellas, y no a la interdependencia del conjunto (sistema político) y al proceso de toma de decisiones de gobierno, por su propia naturaleza más dinámico y cambiante.

¬POBLACION


La población es un término definido desde la Demografía y señala la cantidad de personas que viven en un determinado lugar en un momento en particular. Si bien se trata de un concepto que se define en términos bastante sencillos, el estudio de la población es, sin duda, de gran aporte para múltiples disciplinas.

La población de México está conformada por personas con características diversas, que comparten entre otras cosas el territorio, la historia, el idioma y algunas costumbres.

¬TERRITORIO

El examen del Estado constitucional impone el análisis, sin embargo frecuentemente postergado, del territorio nacional: del Estado como marco territorial y del territorio como uno de sus elementos nucleares. Todo Estado constitucional, y el nuestro no es una excepción, se encuentra constituido
simultáneamente por tres elementos:
El primero, el pueblo, a quien se atribuye la soberanía, y del que emanan todos sus poderes. El segundo, el poder político, legítimo y legal, pues se afinca en una Constitución democrática. Y, finalmente, el territorio, el ámbito geográfico que lo conforma y permite desplegarse. No es concebible un Estado sin la concurrente
disponibilidad y sujeción a un territorio.
El Estado se revela como el proyecto político de un pueblo erigido sobre su exteriorización física: el territorio.
En este sentido el territorio perfila la estructura del Estado a través de tres manifestaciones. En primer lugar, de su potestas sobre todos, con independencia de particulares cualidades y de posibles vinculaciones singulares con quienes nos gobiernan. Cumple pues un papel de despersonalización del poder, de dignificación de la obediencia política, de unificación jurídica y de afirmación de la igualdad entre los miembros de la comunidad.
Además el territorio articula, en segundo término, el contexto donde el Estado impone su imperium, predeterminando y haciendo cumplir la validez, eficacia y justicia del Derecho, posibilitando una ordenada clarificación de su hacer, y redistribuyendo eficientemente el poder político. Y, por fin, el territorio es una explicitación de su dominium, ya que el Estado se muestra como su titular soberano.

ESTADO


El Estado es un concepto político que se refiere a una forma de organización social soberana y coercitiva, formada por un conjunto de instituciones involuntarias, que tiene el poder de regular la vida nacional en un territorio determinado.
El concepto de Estado difiere según los autores,1 pero algunos de ellos definen el Estado como el conjunto de instituciones que poseen la autoridad y potestad para establecer las normasque regulan una sociedad, teniendo soberanía interna y externa sobre un territorio determinado. Max Weber, en 1919, define el Estado como una unidad de carácter institucional que en el interior de un territorio monopoliza para sí el uso de la fuerza legal.

Según la doctrina en diversas Ordenamiento (incluida la italiana) el Estado de Derecho fue aprobado por el Estado constitucional de Derecho, fórmula de derivación alemana. La ley está subordinada a la constitución, que es tan rígida, y el Tribunal Constitucional se establece para garantizar su cumplimiento.

El principio de legalidad no sólo obliga a la administración y la jurisprudencia, sino también a el legislador ordinario, que debe respetar la constitución.

Además de la reserva de ley ordinaria, que establece que una determinada cuestión debe ser regulada por la ley, se introducen al estado de derecho fortalecido, que también limita la discreción del legislador ordinario, y el tema de derecho constitucional.

El estado constitucional de derecho implica un conocimiento que pasa de la teoría cognitiva del derecho.